2.5. RESPONSABILIDADES DEL PILOTO A DISTANCIA
CATEGORÍA ESPECÍFICA
- El piloto a distancia:
- No desempeñará sus tareas bajo los efectos de sustancias psicoactivas o alcohol o cuando no esté en condiciones de desempeñarlas debido a lesiones, cansancio, medicación, enfermedad u otras causas;
- Tendrá las competencias adecuadas de piloto a distancia;
- Estará familiarizado con las instrucciones facilitadas por el fabricante del UAS.
- Antes de iniciar una operación de UAS, el piloto a distancia cumplirá todas las condiciones siguientes:
- Obtener información actualizada pertinente para la operación prevista acerca de toda zona geográfica determinada;
- Garantizar que el entorno operativo sea compatible con las limitaciones y condiciones autorizadas o declaradas;
- Asegurarse de que el UAS está en condiciones adecuadas para realizar el vuelo previsto con seguridad y, en su caso, comprobar que la identificación directa a distancia está activa y actualizada;
- Garantizar que la información sobre la operación se ha puesto a disposición de la unidad pertinente del servicio de tránsito aéreo, de otros usuarios del espacio aéreo y de las partes interesadas pertinentes, tal como se requiera en la autorización operacional o en las condiciones publicadas por el Estado miembro para la zona geográfica de la operación.
- Durante el vuelo, el piloto a distancia:
- Respetará las limitaciones y condiciones autorizadas o declaradas;
- Evitará todo riesgo de colisión con una aeronave tripulada e interrumpirá el vuelo cuando su continuación pudiera suponer un riesgo para otras aeronaves, personas, animales, el medio ambiente o bienes;
- Respetará las limitaciones operacionales en las zonas geográficas determinadas;
- Respetará los procedimientos del operador;
- No hará volar la aeronave cerca o dentro de zonas en las que se estén llevando a cabo operaciones de emergencia, salvo que los servicios de emergencia responsables le hayan dado permiso para hacerlo.
En el caso de operar en categoría específica en un escenario estándar, el piloto a distancia deberá cumplir, además de las mencionadas anteriormente, las siguientes responsabilidades en función del escenario:
- Si se opera en el escenario estándar STS-01. Operaciones en VLOS sobre una zona terrestre controlada en entorno urbano:
- Antes de iniciar una operación de UAS, verificará que están operativos los medios de terminación del vuelo de la aeronave no tripulada y verificará que la identificación a distancia directa está activa y actualizada;
- Durante el vuelo:
- Mantendrá la aeronave no tripulada en modo VLOS y mantendrá un riguroso control del espacio aéreo que rodea la aeronave no tripulada con el fin de evitar cualquier riesgo de colisión con una aeronave tripulada; el piloto a distancia interrumpirá el vuelo si la operación supone un riesgo para otras aeronaves, personas, animales, el medio ambiente o bienes;
- A los efectos de la letra a), podrá estar asistido por un observador de aeronave no tripulada; en tal caso, se establecerá una comunicación clara y eficaz entre el piloto a distancia y el observador de la aeronave no tripulada;
- Será capaz de mantener el control de la aeronave no tripulada, salvo en caso de pérdida del enlace de mando y control (C2);
- Solo utilizará una aeronave no tripulada a la vez;
- No utilizará una aeronave no tripulada desde un vehículo en movimiento;
- No transferirá el control de la aeronave no tripulada a otra unidad de mando; g) ejecutará los procedimientos de contingencia definidos por el operador de UAS para situaciones anómalas, en particular cuando el piloto a distancia tenga una indicación de que la aeronave no tripulada puede superar los límites de la geografía de vuelo, y
- Ejecutará los procedimientos de emergencia definidos por el operador de UAS para situaciones de emergencia, en particular accionando los medios de terminación del vuelo cuando el piloto a distancia tenga una indicación de que la aeronave no tripulada puede superar los límites del volumen operacional.
- Si la operación se realizará en el escenario estándar STS-02. BVLOS a una distancia máxima de 2km del piloto en presencia de observadores, a una altura máxima de 120 m en una zona controlada y escasamente poblada:
- Antes de iniciar una operación de UAS:
- Establecerá el volumen de vuelo programable de la aeronave no tripulada para mantenerla dentro de la geografía de vuelo;
- Verificará que están operativos los medios de terminación del vuelo y la funcionalidad de volumen operacional programable de la aeronave no tripulada, y comprobará que la identificación a distancia directa está activa y actualizada;
- Durante el vuelo:
- Salvo que cuente con la ayuda de observadores del espacio aéreo, mantendrá un riguroso control del espacio aéreo que rodea la aeronave no tripulada con el fin de evitar cualquier riesgo de colisión con una aeronave tripulada; el piloto a distancia interrumpirá el vuelo si la operación supone un riesgo para otras aeronaves, personas, animales, el medio ambiente o bienes;
- Será capaz de mantener el control de la aeronave no tripulada, salvo en caso de pérdida del enlace de mando y control (C2);
- Solo utilizará una aeronave no tripulada a la vez;
- No utilizará una aeronave no tripulada desde un vehículo en movimiento;
- No transferirá el control de la aeronave no tripulada a otra unidad de mando;
- Informará oportunamente a los observadores del espacio aéreo, en el caso de que se recurra a ellos, de cualquier desvío de la aeronave no tripulada respecto a la trayectoria prevista y el horario correspondiente;
- Ejecutará los procedimientos de contingencia definidos por el operador de UAS para situaciones anómalas, en particular cuando el piloto a distancia tenga una indicación de que la aeronave no tripulada puede superar los límites de la geografía de vuelo;
- Ejecutará los procedimientos de emergencia definidos por el operador de UAS para situaciones de emergencia, en particular accionando los medios de terminación del vuelo cuando el piloto a distancia tenga una indicación de que la aeronave no tripulada puede superar los límites del volumen operacional.
- Antes de iniciar una operación de UAS:
Responsabilidades del observador:
- Mantener un riguroso control del espacio aéreo que rodea la aeronave no tripulada con el fin de detectar cualquier riesgo de colisión con una aeronave no tripulada.
- Tener conocimiento en todo momento de la posición de la aeronave, mediante observación directa del espacio aéreo o con la asistencia de medios electrónicos.
- Alertar al piloto a distancia cuando se detecte un peligro y contribuirá a evitar o minimizar los posibles efectos negativos.